LOS AGENTES SOCIALES Y ECONÓMICOS FIRMANTES DEL PRESENTE MANIFIESTO, HEMOS DECIDIDO TRASLADAR, DE MANERA CONJUNTA NUESTRO APOYO UNÁNIME A LA ENMIENDA QUE ACABE CON LA INJUSTICIA HISTÓRICA QUE SUFREN LAS PERSONAS MAYORES, LAS PERSONAS DEPENDIENTES Y SUS FAMILIAS, CON RELACIÓN AL PAGO DEL IVA POR UNOS SERVICIOS Y PRESTACIONES PROFESIONALES DE CUIDADOS QUE NECESITAN.

ACTUALMENTE, EL IVA QUE PAGAN EN RESIDENCIAS, CENTROS DE DÍA, ATENCIÓN DOMICILIARIA Y OTROS RECURSOS ASISTENCIALES ES DEL 10% SI LOS CONTRATAN DE FORMA PERSONAL MIENTRAS QUE, POR UN IDÉNTICO SERVICIO CONCERTADO O PÚBLICO, SE TRIBUTA AL 4%.

UNA SITUACIÓN ESPECIALMENTE PREOCUPANTE ES LA DE AQUELLAS PERSONAS QUE VIVEN EN EL LIMBO, QUE AÚN TENIENDO DERECHO A UNA PLAZA PÚBLICA TIENEN QUE PAGAR LA PLAZA O EL SERVICIO DE SU PROPIO BOLSILLO, ADEMÁS, CON EL INCREMENTO DEL 6 POR CIENTO DEL TIPO IMPOSITIVO.

POR ELLO, CREEMOS QUE ES EL MOMENTO DE QUE TODOS LOS PARTIDOS POLÍTICOS DEFIENDAN UN MODELO DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA QUE DÉ RESPUESTA A LAS NECESIDADES DE LAS PERSONAS Y QUE LAS PONGA EN EL CENTRO DEL SISTEMA Y VEMOS TOTALMENTE NECESARIO MEJORAR LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA EN LA ATENCIÓN A LOS MÁS DEPENDIENTES.

FORMULARIO DE ADHESIÓN AL MANIFIESTO

¿Por qué pedimos la equiparación del IVA?

1. Por justicia social

Porque no tiene explicación que un mismo servicio, prestado en un mismo lugar y a una misma persona, tenga una tributación diferente. En el año 2023, el precio medio de una plaza privada para personas mayores en España era de 1.990 euros al mes (en función del territorio debido a las grandes desigualdades que se plantean). El servicio se grava con un IVA del 10%, salvo que la plaza sea concertada en cuyo caso se aplica un tipo de gravamen reducido del 4%.
Porque incluso hay personas que han iniciado el trámite de solicitud ante el SAAD de un servicio de atención o cuidados o de una prestación económica vinculada al servicio, y se encuentran en el ‘limbo’. Muchos no pueden esperar una decisión de la administración que le asigne una plaza pública o concertada o una PEV (Prestación Vinculada al Servicio). Se ven obligados a acceder durante este tiempo de espera a un recurso privado. Estas personas se ven doblemente perjudicadas: PAGAN LA TOTALIDAD DEL PRECIO (en las plazas públicas o concertadas existe un copago) y, como se ha señalado, pagan un 6 por ciento más de IVA que lo que pagaría una plaza pública o concertada. La pensión media en España en el mismo ejercicio 2023 fue de 1.398 euros mensuales.

2. Porque es un derecho universal

La Ley 39/2006 (LAPAD) establece como uno de sus principios la universalidad en el acceso de todas las personas en situación de dependencia, en condiciones de igualdad efectiva y no discriminación, en los términos establecidos en la propia Ley. No se puede penalizar al ciudadano incrementando el IVA cuando éste se ve obligado a contratar un servicio privado por ineficacia del sistema público. La falta de plazas públicas y el largo periodo de tiempo que pasa desde que se solicita la ayuda a la dependencia hasta que se otorga un servicio o prestación (una media de 321 días de media en 2023) obliga a muchas personas con necesidades asistenciales a optar por una plaza no concertada debiendo asumir un 6% más de IVA que el resto. 320.468 personas se encuentran en el “limbo de la dependencia”. La atención a la dependencia no puede ser considerada un lujo, con independencia de quién lo preste. Es un servicio de primera necesidad y debe tributar un 4%, al igual que otros servicios básicos.

3. Porque beneficia a los mayores dependientes y a la economía del país

Teniendo en cuenta la pérdida del poder adquisitivo derivada de los elevados costes de elementos básicos como la luz y los productos alimentarios, igualar el IVA al 4% sería una forma de aliviar la situación de muchos dependientes hoy pagan por el efecto del IVA más de 1.512 euros anuales de media. Además, las personas que necesiten cuidados y sus familias tendrán menos reparo en acudir a servicios profesionales, lo que conllevará una mejora en la ocupación de los centros, se producirán nuevas contrataciones de personal, con el consiguiente aumento de las cotizaciones, y se reducirá el número de parados de una forma directa consiguiendo así un ahorro en las prestaciones por desempleo.
Una disminución del tipo al 4% no solo respetará el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, sino que mejorará la recaudación del Estado y creará un número elevado de nuevos empleos y de recursos asistenciales. Por cada 2 usuarios se produce aproximadamente una contratación, incorporando perfiles con alto riesgo de exclusión laboral como mujeres de mediana edad y con formación profesional básica. Es un empleo estable y no deslocalizable.

¿Qué solicitamos?

La aprobación de la enmienda presentada por diversos grupos políticos que modifican el número 3º del apartado dos.2 del artículo 91 de la Ley 37/1992 para que TODAS LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA puedan tributar al mismo tipo reducido del 4 por ciento por los servicios que requieran de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y/o atención residencial, todos ellos servicios esenciales.
Es el momento de que todos los políticos, en el Gobierno y la oposición, estén a la altura y se pongan al lado de los mayores, de las personas dependientes y de sus familiares.

“No es aplicar una medida fiscal, sino hacer justicia social”

COMPLETE EL FORMULARIO DE ADHESIÓN AL “MANIFIESTO POR LA EQUIPARACIÓN DEL IVA LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA”